PUNTO RESOLUTIVO  21-2008

Exhortar a la Comisión de Energía Electrica -CNEE- a que continúe desarrollando la labor que por mandanto legal tiene asignada y que asuma otros retos colaterales en materia de regularizar técnica, legal y económicamente todo el tema energético nacional.


PUNTO RESOLUTIVO NÚMERO 21-2008


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que este Organismo de Estado, como máximo órgano de representación del pueblo, debe manifestarse en los temas relevantes de la realidad nacional, específicamente en aquellos que incidan en el desarrollo y fortalecimiento de la economía del país, propiciando la mejor calidad de vida de los guatemaltecos.


CONSIDERANDO:

Que el servicio de energía eléctrica es un servicio público esencial en el que el Estado ha dado la autorización a empresas individuales o jurídicas poseedoras de instalaciones destinadas a distribuir comercialmente energía eléctrica, constituyendo uno de los principales motores de la producción nacional que genera desarrollo integral, empleo y posibilita el funcionamiento del resto de la industria y la vida en general de los guatemaltecos, así como la dinamización de la economía en general.


CONSIDERANDO:

Que el Estado en general se organiza para velar por el bien común, la calidad de vida y el desarrollo humano de los guatemaltecos, promoviendo disposiciones y planes de trabajo congruentes con el logro de dichos fines garantizando el respeto a la propiedad privada bajo reglas claras y en estricto cumplimiento a la Constitución Política de la República.


CONSIDERANDO:

Que en la actualidad, la Comisión Nacional de Energía Eléctrica -CNEE- ha cumplido con el mandato que le impone la Ley General de Electricidad, en la que prescribe que la actividad de distribución final del servicio de electricidad no puede llevarse a cabo sin pliego tarifario vigente.


CONSIDERANDO:

Que los medios de comunicación social, y la misma Comisión Nacional de Energía Eléctrica, han hecho saber a la opinión pública, y a la Comisión de Energía y Minas, lo relativo a algunas acciones legales y recursos interpuestos por una empresa distribuidora del sector eléctrico, como reacciones a las nuevas tarifas del Valor Agregado de Distribución que entraron en vigencia el 1 de agosto del presente año, lo que ha derivado en molestias a los usuarios, que son todos los guatemaltecos, la industria y la economía en general.


CONSIDERANDO:

Que es trascendental que el Estado consolide una auténtica Política de Estado para el tema energético y darle sostenibilidad al desarrollo de este importante sector, con el objeto de brindar un desarrollo integral de la economía y calidad de vida de todos los guatemaltecos.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 107 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo,


RESUELVE:

 
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