ACTA MUNICIPAL  10-2008.3

La Municipalidad de Santa María Nebaj del Departamento de El Quiché, acepta el traslado de la competencia en la administración de tránsito otorgada por el Organismo Ejecutivo.


ACTA No. 010-2008


EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE SANTA MARIA NEBAJ, DEPARTAMENTO DE EL QUICHE.

CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el Libro de Actas y Acuerdos de Sesiones del Concejo Municipal, en donde aparece el Acta No. 010-2008 de fecha 26 de marzo del 2008, en donde se encuentra el punto que copiado literalmente dice:

TERCERO: El señor Alcalde Municipal en uso de la palabra hace del conocimiento del Honorable Concejo Municipal que, de conformidad con las gestiones que se han venido haciendo desde la administración anterior, solicitándose el traslado de la competencia de la administración de tránsito a favor de esta municipalidad, para lo cual se llenaron los requisitos y se demostró que la municipalidad tiene la capacidad y se encuentra en condiciones de realizar dicha función dentro de su propia jurisdicción. Para el efecto se informa que con anterioridad se suscribió el convenio ante el Ministerio de Gobernación. Pero por la voluntad política del señor Presidente Constitucional de la República y como un aporte más al proceso de descentralización, con fecha 3 de marzo en curso, firmó el Acuerdo Gubernativo No. 95-2008, por medio del cual se hace este traslado de la competencia a favor de esta municipalidad. De la lectura que se dio en este acto al citado Acuerdo Gubernativo, en el Artículo 3. se hace constar que " A efecto de ejercer la competencia de la administración de tránsito, el Concejo Municipal de Santa María Nebaj, del Departamento de El Quiche, deberá emitir el Acuerdo en el que exprese la aceptación del traslado de competencia de la administración de tránsito realizada por el Organismo Ejecutivo, el que deberá ser publicado en el Diario de Centro América, surtiendo sus efectos dicho traslado, el día siguiente de la publicación del Acuerdo del Concejo Municipal."

El Honorable Concejo Municipal, como órgano superior de deliberación de los asuntos municipales, CONSIDERANDO: Que el Estado de Guatemala, dentro del proceso de descentralización tiene la potestad de delegar la ejecución y control de funciones a entes distintos de si mismo y/o a entidades autónomas y descentralizadas.

CONSIDERANDO: Corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio. Que esta Municipalidad, ha cumplido con los requisitos y sobre todo demostrado que está en capacidad técnica y administrativa para ejercer la administración de tránsito dentro del ámbito de su jurisdicción municipal.


POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos 35, 38, 40, 41 y 42 del Decreto No. 12-2002 Código Municipal, ACUERDA:

 
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