DECRETO DEL CONGRESO 40-2007
Aprueba el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, abierto a firmar en Lake Success, Nueva York, el 21 de marzo de 1950 y su Protocolo.
DECRETO NÚMERO 40-2007
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, abierto a firma en Lake Success, Nueva York, el 21 de marzo de 1950 y su Protocolo tiene como finalidad desarrollar acciones tendientes a prevenir y castigar la explotación sexual de personas por parte de terceros, y establece el compromiso de los Estados que lo adopten a castigar a aquellas personas que concertaren la prostitución ajena y quienes explotaren la prostitución de otra persona, aún cuando mediare su consentimiento.
CONSIDERANDO:
Que el Convenio de mérito no contraviene el espíritu de las normas internas de nuestro país, sino que además las complementa y desarrolla, en la medida en que introduce nuevas disposiciones legales con el fin de prohibir y castigar la trata de personas y la explotación de la prostitución ajena.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confieren las literales a) y I) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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