ACUERDO 30-92
Acuerda denominar Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, al actual Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en la forma que se menciona.
ACUERDO NUMERO 30-92
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 161 y 162 del Código Tributario, Decreto 6-91 del Congreso de la República, se faculta a la Corte Suprema de Justicia para crear las Salas que estime convenientes en la integración del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en atención a las diversas materias que se conocen en la vía contenciosa administrativa.
CONSIDERANDO:
Que en materia administrativa, tal como se desprende del espíritu que informa al Código citado, es necesario atender los conflictos jurídicos de orden tributario con un órgano jurisdiccional de única instancia que se especialice en el conocimiento y solución de las controversias en materia impositiva, a efecto de garantizar que la administración de justicia sea pronta y cumplida.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado en los artículos 218 y 221 de la Constitución Política de la República, artículos del Código Tributario citado, 54 letras f) y h) y 86 de la Ley del Organismo Judicial.
ACUERDA:
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