ACUERDO MINISTERIAL 325-2007
Resolución 203-2007 (COMIECO-XLV) del Consejo de Ministros de Integración Económica; Modificación a los Derechos Arancelarios a la Importación de los incisos enumerados, los cuales forman parte integrante del Anexo "A".
ACUERDO MINISTERIAL No. 0325-2007
Guatemala, 01 de Agosto de 2007
EL MINISTERIO DE ECONOMIA
CONSIDERANDO:
Que en los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- las resoluciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica entraran en vigor en la fecha en la cual se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 203-2007 (COMIECO-XLV) de fecha 27 de Julio de 2007, el Consejo de Ministros de Integración Económica aprobó la modificación a los Derechos Arancelarios a la Importación de los incisos arancelarios siguientes, los cuales forman parte integrante del Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
POR TANTO,
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,
ACUERDA:
Publicar la Resolución número 203-2007 (COMIECO-XLV) del Consejo de Ministros de Integración Económica, la que aparece como Anexo del presente Acuerdo.
COMUNIQUESE
LUIS OSCAR ESTRADA BURGOS
EL VICEMINISTRO DE INTEGRACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
ENRIQUE LACS PALOMO
RESOLUCIÓN NO. 203-2007 (COMECO-XLV)
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- y 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de Integración Económica modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación; Que el Comité de Política Arancelaria, alcanzó acuerdo sobre la modificación de algunos rubros arancelarios y elevó a la consideración y aprobación de este Foro la correspondiente propuesta de modificación del Arancel Centroamericano de Importación,
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 1, 3, 6, 7, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 1, 6, 10, 15, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, -Protocolo de Guatemala-,
RESUELVE:
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