DECRETO DEL CONGRESO 29-2007
Reformas al Decreto Número 90-2005 del Congreso de la República, Ley del Registro Nacional de las Personas.
DECRETO NÚMERO 29-2007
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que las derogatorias aplicables a los preceptos normativos contenidos en el Decreto Ley 106, Código Civil, contenidas en las normas del Decreto Número 90-2005, Ley del Registro Nacional de las Personas, de implementarse tal y como está regulado, habrán de provocar problemas de diversa índole a los habitantes del país, por lo que es dable buscar y encontrar los mecanismos que impidan que tales problemáticas se manifiesten.
CONSIDERANDO:
Que no obstante el imperativo de implementar el desarrollo y consolidación institucional del ente, respondiendo a la normativa que regula la documentación personal adaptada a los avances tecnológicos de la ciencia y a la natural evolución de las costumbres, tal proceso no se ha podido desenvolver en los lapsos previstos y con la celeridad imperiosa manifestada en la Ley del Registro Nacional de las Personas.
CONSIDERANDO:
Que es una atribución fundamental del Congreso de la República tender a la adecuada consolidación del régimen de legalidad, así como propiciar por todos los medios a su alcance la garantía y la certeza jurídica de los actos y de las situaciones de los guatemaltecos.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los artículos 171 literal a), 175, 176, 177 y 180 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 90-2005 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, LEY DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
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