ACUERDO MINISTERIAL  23-2007

Procedimiento para el Registro de las personas contratadas para la prestación de Servicios Técnicos y Profesionales con cargo al Reglón Presupuestario 029, para la prestación de Servicios Técnicos y Profesionales.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 23-2007

Guatemala, 21 de mayo de 2007.


EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS,


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 35 literal f) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo, es función del Ministerio de Finanzas Públicas llevar el registro consolidado de la ejecución presupuestaria y de la contabilidad gubernamental, facilitar los lineamientos de su aplicación desconcentrada, así como preparar los informes analíticos consolidados correspondientes.


CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo Ministerial Número 36-2005 fue autorizada la utilización de la aplicación del Sistema de Nómina y Registro de Personal, que fue desarrollado dentro del SICOIN WEB y la Dirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, en su calidad de ente rector, fue facultada para que en forma gradual y progresiva, implemente este Sistema en coordinación con todas las dependencias de la Administración Central, como el sistema obligatorio para el registro de la información correspondiente.


CONSIDERANDO:

Que la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92 del Congreso de la República y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, del 22 de diciembre de 1992 y la Circular Conjunta del Ministerio de Finanzas Públicas, Contraloría General de Cuentas y Oficina Nacional de Servicio Civil de fecha 2 de enero de 1997 y sus modificaciones, contienen las normas que regulan la contratación de Servicios Técnicos y Profesionales con cargo al renglón presupuestario 029, "Otras remuneraciones de personal temporal"' y, con la finalidad de fortalecer el registro, control, suministro de información oportuna y la transparencia de esta clase de gasto, es necesario adicionalmente, crear un procedimiento específico en la herramienta informática que para el efecto desarrolle el Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO:

Con fundamento en lo que establece el artículo 194, literal a), de la Constitución Política de la República de Guatemala; el artículo 27, literal m), del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y lo dispuesto en el artículo 1, literal c) y artículo 80 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 4,933 veces.
  • Ficha Técnica: 289 veces.
  • Imagen Digital: 278 veces.
  • Texto: 267 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 18 veces.
  • Formato Word: 49 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu