ACUERDO GUBERNATIVO 132-2007
Faculta al Ministerio de Finanzas Públicas, para que en calidad de aporte económico temporal, otorgue hasta Q.12.500,000.00 mensuales a la Asociación de Empresas de Autobuses Urbanos, de la ciudad de Guatemala.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 132-2007
Guatemala, 24 de abril del 2007.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, faculta al Presidente de la República para administrar la hacienda pública con arreglo a la ley, así como coordinar en Consejo de Ministros las políticas, planes y programas de Gobierno.
CONSIDERANDO:
Que persiste la tendencia del precio de los combustibles en el mercado nacional, influenciado por el comportamiento del precio del petróleo y sus derivados en el mercado internacional, circunstancia que originó el otorgamiento del Aporte Económico Temporal y Aporte Económico Extraordinario, a favor de las Empresas de Transporte Urbano que prestan el servicio en la ciudad capital, con el propósito que no se afecte la economía de la población usuaria del transporte urbano colectivo en la ciudad de Guatemala y áreas de influencia, por lo que es necesario prolongar para el presente año, las medidas que contribuyan a reducir los efectos señalados.
POR TANTO,
En el ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en lo que preceptúan los artículos 182 y 183, literales e), m) y q).
EN CONSEJO DE MINISTROS,
ACUERDA:
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