PUNTO RESOLUTIVO  04-2007

Se recomienda al presidente de la República y al ministro de Relaciones Exteriores, que como tema prioritario durante la visita del presidente de los Estados Unidos de América, se le solicite el cese de las deportaciones de emigrantes guatemaltecos.


PUNTO RESOLUTIVO NÚMERO 04-2007


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo preceptuado en la Constitución Política de la República, Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto de defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.


CONSIDERANDO:

Que el Estado mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas.


CONSIDERANDO:

Que el presidente de los Estados Unidos de América, George W. Bush, se encuentra próximo a visitar el país, ocasión en la cual las autoridades del Organismo Ejecutivo de nuestra nación le presentarán temas de interés bilateral a su consideración.


CONSIDERANDO:

Que con los actos de represión y persecución de migrantes guatemaltecos que se llevan a cabo por las diferentes oficinas de migración, policía y aduanas de los Estados Unidos de América se atenta contra la vida, la integridad, los derechos civiles y humanos de los migrantes y especialmente contra la integridad familiar de nuestros connacionales que desde hace muchos años viven en ese país.


CONSIDERANDO:

Que el Organismo Ejecutivo carece de estrategias y políticas definidas para atender las necesidades de nuestros connacionales en el exterior.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 107 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República,


RESUELVE:

 
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