RESOLUCIÓN 029-001-2006
Se acuerda publicar la modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC- para el Ejercicio Fiscal 2006, aprobada por el Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN NÚMERO CERO VEINTINUEVE GUION CERO CERO UNO GUIÓN
DOS MIL SEIS (029-001-2006)
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN CATASTRAL DE
GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Ejecutiva Nacional ha presentado a consideración de este Consejo Directivo, una modificación de asignaciones dentro de su Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, tomando en consideración que las proyecciones financieras de ejecución del Proyecto "Equipamiento del Registro de Información Catastral -RIC- y del Instituto Geográfico Nacional en apoyo al Establecimiento Catastral en Guatemala", para el presente año indican que el mismo no se ejecutará en un cien por cieinto (100%), por lo que se puede realizar una modificación de espacio presupuestario por una disminución de un monto de veinticinco millones ciento setenta y dos mil quetzales (Q.25,172,000.00), monto que se integran de la manera siguiente: doce millones quinientos ochenta y seis mil quetzales (Q. 12,586,000.00) con cargo a la parte de préstamo y doce millones quinientos ochenta y seis mil (Q.12,586,000.00) con cargo a la parte de donación.
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en los literales j) y p) del artículo trece ( 3) del Decreto número Cuarenta y uno guión dos mil cinco (41-2005), Ley del Registro de Información Catastral, al Consejo Directivo del RIC le compete la aprobación del Presupuesto de Ingresos y Egresos para cada ejercicio fiscal y sus modificaciones presupuestarias.
CONSIDERANDO:
Que es procedente autorizar la modificación de asignaciones presupuestarias. mencionada, en virtud de haberse llenado los requisitos legales correspondientes y con base en la opinión contenida en el Dictamen número cero cero cuatro guión dos mil seis (004-2006) del veintiuno (21) de septiembre de dos mil seis (2006), emitido por la Gerencia Administrativa Financiera del Registro de información Catastral
POR TANTO:
Con base en lo considerado y lo que al respecto establecen los artículos doce (12) y cuarenta y uno (41) del Decreto número ciento uno guión noventa y siete (101-97), Ley Orgánica del Presupuesto y artículo veinticinco (25) del Acuerdo Gubernativo número doscientos cuarenta guión noventa y ocho (240-98), Reglamento de dicha Ley.
ACUERDA:
- Buscado: 1,370 veces.
- Ficha Técnica: 0 veces.
- Imagen Digital: 0 veces.
- Texto: 0 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 1 veces.