ACUERDO 04-08-1959
Refórmarse el "Reglamento para regular la enajenación de Fincas Rústicas Nacionales que se destinen a la Construcción de viviendas baratas y colonias para trabajadores".
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que varias disposiciones del "Reglamento para regular la enajenación de Fincas Rústicas Nacionales que se destinen a la construcción de viviendas baratas y colonias para trabajadores" no responden a la urgencia de facilitar el desarrollo económico social de las comunidades rurales y demás sectores de la población que tiende a favorecer, por lo que procede modificar dicho Reglamento;
POR TANTO,
ACUERDA:
Reformar el acuerdo gubernativo del 29 de junio de 1957, en la forma siguiente:
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