ACUERDO MINISTERIAL 96-2006
Se declara Patrimonio Cultural Ancestral de la Nación a todos los Trajes Ceremoniales de mujeres y hombres, así como los de uso diario en comunidades y pueblos indígenas del país.
ACUERDO MINISTERIAL No. 96-2006
Guatemala, 22 de febrero del 2006.
EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República reconoce el derecho de las personas y las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores, su lengua y sus costumbres; asimismo, establece que el Estado reconoce, respeta y promueve las formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres de todas las comunidades.
CONSIDERANDO
Que es obligación del Estado promover la plena efectividad de los derechos sociales y culturales, respetando la identidad social, así como reconocer, respetar y promover las costumbres, tradiciones e instituciones de los grupos indígenas, en concordancia con el Convenio Internacional 169 Sobre Pueblos Indígenas, los Acuerdos de Paz, especialmente el Acuerdo Sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.
CONSIDERANDO
Que los trajes de uso diario y ceremoniales, de mujeres y hombres conservan elementos que identifican la naturaleza, vida y fauna silvestre, así como expresiones de arte y cultura de cada lugar o comunidad, por lo que se hace pertinente declararlos Patrimonio Cultural de la Nación, a fin de preservar y conservar su valor histórico y espiritual en la cosmovisión de los pueblos indígenas de Guatemala, ya que con su existencia conservan y contribuyen al fortalecimiento de la identidad guatemalteca.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y artículos, 57, 58, 59, 60, 65, 66, 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3 numeral II, 4, 53 de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, Decreto número 26-97 del Congreso de la República; 2 numeral 2 inciso b) del Convenio 169 Sobre Pueblos Indígenas;
ACUERDA
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