ACUERDO GUBERNATIVO 35-2006
Reglamento de la Ley para la Ejecución del Proyecto Vial Denominado Franja Transversal del Norte.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 35-2006
Guatemala, 6 de febrero de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que es obligación fundamental del Estado promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la iniciativa en toda clase de actividades; así como velar por la elevación del nivel de vida de todos los habitantes del país.
CONSIDERANDO:
Que la Ley para la Ejecución del Proyecto Vial denominado Franja Transversal del Norte, ordena la emisión del Reglamento que desarrolle las normas contenidas en dicha Ley,
POR TANTO,
En el ejercicio de las funciones que le confieren las literales a) y e) del artículo 183 de la Constitución Política de la República y con fundamento en el artículo 48 del Decreto Número 88-2005 del Congreso de la República,
ACUERDA:
Emitir el siguiente
REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO VIAL
DENOMINADO FRANJA TRANSVERSAL DEL NORTE
CAPÍTULO I
DEFINICIONES
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