ACUERDO GUBERNATIVO 103-2011
Se acepta a favor del Estado la donación a título gratuito, libre de gravámenes, anotaciones y limitaciones que puedan afectar los derechos del donatario, que hace la municipalidad de Esquipulas, departamento de Chiquimula
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 103-2011
Guatemala, 24 de marzo del 2011
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente M-911-2010, opinó de manera favorable la aceptación de la donación a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, que hace la municipalidad de Esquipulas, departamento de Chiquimula, mediante el punto décimo del acta número 17-2010 de la Sesión del Concejo Municipal de fecha 28 de abril de 2010, ampliado por el punto cuarto del acta número 54-2010 de fecha 23 de diciembre de 2010, de una fracción de terreno de 9,000.00 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 262, folio 155, del libro 69 de Chiquimula, en virtud que será para la construcción del Centro de Urgencias Médicas de esa localidad; en consecuencia, resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; con fundamento en lo establecido en los artículos 27 literales i) y j); 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo y artículo 53 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto.
ACUERDA
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