ACUERDO MINISTERIAL 472-2005
Se implementa y pone en funcionamiento y operación el MANUAL DE INDICADORES AMBIENTALES en todo el territorio nacional.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 472-2005
Guatemala, 7 de septiembre de 2005.
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.
CONSIDERANDO
Que el artículo 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala señala que el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen, racionalmente, evitando su depredación
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Decreto 90-2000 al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales le corresponde formular y ejecutar las políticas relativas a su ramo, cumplir y hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado, debiendo prevenir la contaminación del ambiente, disminuir el deterioro ambiental y la pérdida del patrimonio natural. Para ello, entre otras, tiene a su cargo la función de "Elaborar y presentar anualmente el informe ambiental del Estado"
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literal f) de la Constitución Política de la Republica de Guatemala y 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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