ACUERDO MINISTERIAL 299-97
Régimen Interior de la Academia de la Policía Nacional Civil de Guatemala
*Derogado en su totalidad por el artículo 1 del Acuerdo Ministerial 499-2023
ACUERDO MINISTERIAL No. 299-97
Palacio Nacional: Guatemala, 16 de septiembre de 1997.
El Ministro de Gobernación,
CONSIDERANDO
Que la Academia de la Policía Nacional Civil como centro de enseñanza policial y con los fines previstos en las disposiciones legales aplicables está sujeta a normas para su organización y funcionamiento:
CONSIDERANDO
Que se debe desarrollar un cuerpo normativo que defina los aspectos relacionados con el régimen interior del centro de enseñanza policial, es procedente emitir la correspondiente disposición legal.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 14, 15 y 16 de la Ley de la Policía Nacional Civil, Decreto número 11-97 del Congreso de la República,
ACUERDA:
El siguiente:
RÉGIMEN INTERIOR DE LA
ACADEMIA DE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL DE GUATEMALA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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