ACUERDO 009-2005
Procedimiento para la Autorización, Emisión y Utilización de las Constancias de Adquisición de Insumos de Producción.
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 009-2005
El Secretario en Funciones del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio Número 009-2005, emitido en el Punto No. 4 del Acta No. 025-2005 de la Sesión del Directorio de fecha veintiocho de marzo del año dos mil cinco que textualmente dice:
"ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 009-2005
EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria confiere a la Administración Tributaria la función de establecer los procedimientos que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como la elaboración de normas internas que garanticen el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia tributaria.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 36 ter del Decreto número 29-89 del Congreso de la República, Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, establece que los propietarios de empresas calificadas en el régimen, podrán adquirir insumos de producción local para ser incorporados al producto final y que dichas adquisiciones no estarán afectas al Impuesto al Valor Agregado, lo que significa que la compraventa de insumos locales no puede considerarse como un acto que produzca el hecho generador del Impuesto al Valor Agregado, en virtud de estar excluido del ámbito de su aplicación, lo que da como resultado que lo regulado en el Decreto Número 27-92 del Congreso de la República, no le es aplicable y por ende no se generan débitos y créditos fiscales establecidos en la ley antes citada.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 "B" del Acuerdo Gubernativo 533-89, Reglamento de la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, instituye las Constancias de Adquisición de Insumos de Producción para ser utilizadas como documento de control que facilite la actividad fiscalizadora de la Superintendencia de Administración Tributaria, respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que efectúen ventas de insumos locales a los propietarios de las empresas calificadas al amparo del Decreto número 29-89 del Congreso de la República, las cuales en ningún momento podrán equipararse a constancias de exención del Impuesto al Valor Agregado y para el efecto la Administración Tributaria debe establecer el contenido y características de los referidos documentos, así como otorgar a los contribuyentes interesados la respectiva autorización para su impresión, lo que hace inevitable implementar una normativa interna en la que se regule los aspectos procedimentales para su efectiva aplicación.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 3 incisos h) y j); el artículo 7 inciso e) del Decreto número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; así como tomando en cuenta el contenido de la Opinión Jurídica OJ-DAJ-No. 06-03-2005 del 14 de marzo de 2005, emitida por el Departamento de Consultas y Normas de la Dirección de Asuntos Jurídicos,
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN, EMISIÓN
Y UTILIZACIÓN DE LAS CONSTANCIAS DE ADQUISICIÓN DE
INSUMOS DE PRODUCCIÓN
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