ACUERDO GUBERNATIVO 190-96
Establece la tarifa que se indica, para cobro de los análisis que practique el Departamento de Laboratorios de la Dirección General de Servicios Técnicos del Ministerio de Energía y Minas.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 190-96
Palacio Nacional: Guatemala, 31 de mayo de 1996.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Servicios Técnicos, dependencia del Ministerio de Energía y Minas, a través de su Departamento de Laboratorios, de conformidad con el reglamento de la Ley de su creación, está facultada para realizar análisis de minerales e hidrocarburos a dependencias del Estado, entidades descentralizadas y a particulares que así lo soliciten.
CONSIDERANDO:
Que dado el incremento de los costos de los servicios de análisis que presta el Departamento relacionado, se hace necesario actualizar el monto de las tarifas correspondientes a los servicios, para lo cual debe emitirse la disposición legal que así lo determine.
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le concede el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
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