ACUERDO GUBERNATIVO  190-96

Establece la tarifa que se indica, para cobro de los análisis que practique el Departamento de Laboratorios de la Dirección General de Servicios Técnicos del Ministerio de Energía y Minas.

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 190-96

Palacio Nacional: Guatemala, 31 de mayo de 1996.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Servicios Técnicos, dependencia del Ministerio de Energía y Minas, a través de su Departamento de Laboratorios, de conformidad con el reglamento de la Ley de su creación, está facultada para realizar análisis de minerales e hidrocarburos a dependencias del Estado, entidades descentralizadas y a particulares que así lo soliciten.

CONSIDERANDO:

Que dado el incremento de los costos de los servicios de análisis que presta el Departamento relacionado, se hace necesario actualizar el monto de las tarifas correspondientes a los servicios, para lo cual debe emitirse la disposición legal que así lo determine.

POR TANTO:

En ejercicio de la función que le concede el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

ACUERDA:

 
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