EXPEDIENTE  2362-2004

Suspensión provisional del Primer Párrafo del Artículo 6 del Decreto número 20-2004, de fecha 23 de junio de 2004.

EXPEDIENTE 2362-2004

Of. 5o. Secretaría.

Asunto: Inconstitucionalidad General Parcial. Solicitante: MARCO ROBERTO GONZÁLEZ FLORES. Norma Impugnada: Primer Párrafo del artículo 6 del Decreto número veinte - dos mil cuatro (20-2004) de fecha veintitrés de junio de dos mil cuatro, publicado en el Diario Oficial de Centroamérica el siete de julio del mismo año.

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veintiséis de octubre de dos mil cuatro.

Se tiene a la vista para resolver, la Acción de Inconstitucionalidad General Parcial del Primer Párrafo del artículo 6 del Decreto número veinte -dos mil cuatro (20-2004) de fecha veintitrés de junio de dos mil cuatro, publicado en el Diario Oficial de Centroamérica el siete de julio del citado año, promovida por Marco Roberto González Flores.

CONSIDERANDO

El artículo 138 de la Ley de Amparo Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: "...la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables...".

En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual, se decreta la suspensión provisional de la disposición impugnada tal como se indica la parte resolutiva del presente auto.

CITA DE LEYES

Artículo citado y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

POR TANTO

La Corte de Constitucionalidad, con base en lo considerado y leyes citadas, resuelve:

 
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