ACUERDO GUBERNATIVO 155-2001
Acuérdase autorizar al Taller Nacional de Grabados en Acero para prestar servicios de impresión a cualquier institución o dependencia pública.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 155-2001
Guatemala, 2 de mayo de 2001
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que dentro del actual plan de gobierno se considera que la modernización de las instituciones y dependencias públicas es imprescindible para la eficiente y eficaz ejecución de las políticas, estrategias, y programas gubernamentales;
CONSIDERANDO:
Que el Taller Nacional de Grabados en Acero cuenta con la capacidad tecnológica instalada en maquinaria y equipo en la rama de las artes gráficas para producir diferentes impresos demandados por dependencias e instituciones públicas, y que para lograr su modernización es necesario que los ingresos que genera de sus actividades, los pueda administrar directamente con eficiencia basándose en una relación óptima de costo benefició y con el respaldo legal correspondiente;
POR TANTO,
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo estipulado en los Artículos 31 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97 del Congreso de la República y 20 de su Reglamento contenido en el Acuerdo Gubernativo número 240-98 de fecha 28 de abril de 1998,
ACUERDA:
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