DECRETO DEL CONGRESO  71-2000

Reforma el Tercer párrafo, artículo 1 de los Decretos 111-97 y 112-97 del Congreso de la República.


DECRETO NUMERO 71-2000


EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que a través de los Decretos Números 111-97 y 127-97, el Congreso de la República autorizó al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, concluyera las negociaciones y suscribiera con el Banco Centroamericano de Integración Económica -BCIF- los Contratos de Préstamo Números BCIE 1230 y 1231, por un monto de diecisiete millones de dólares de los Estados Unidos de América US$ 17,000,000.00- y treinta y cuatro millones ochocientos cuarenta y cinco mil cien dólares de los Estados Unidos de América -US$34,845,100.00-, respectivamente, para el financiamiento parcial de los proyectos "Construcción y Pavimentación de veintiún (21) kilómetros de la Carretera CA-13, Tramo Entre Ríos-Suyapa, Frontera con la República de Honduras" y "Construcción de la Carretera CA-11, Tramo Vado Hondo-El Florido, Frontera con Honduras", los cuales fueron suscritos el seis de febrero y nueve de marzo, ambos del año mil novecientos noventa y ocho, respectivamente.


CONSIDERANDO:

Que debido a los daños ocasionados como consecuencia del paso del Huracán Mitch, que provocó uno de los desastres naturales más grandes de la historia moderna guatemalteca y afectó a casi todo el territorio nacional con gran número de ríos desbordados, inundación de poblaciones, destrucción de campos de cultivos, deslaves y un serio deterioro en el sistema vial del país, que incluye puentes averiados y destruidos, el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -MICIVI-como ejecutor de los proyectos descritos en el considerando anterior, solicitó al Banco Centroamericano de Integración Económica -BCIE-, por intermedio del Ministerio de Finanzas Publicas, la modificación del destino de una parte de los Préstamos Números BCIE 1230 y 1231, lo cual permitirá dar atención no solo a los proyectos originales sino a las áreas afectadas por el desastre natural antes mencionado.


CONSIDERANDO:

Que a solicitud de la República de Guatemala, el Banco Centroamericano de Integración Económica -BCIE-, emitió la Resolución de Directorio Número DI-188/98, del dieciséis de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, por medio de la cual el Banco autoriza la modificación del destino de los Préstamos Números BCIE 1230 y 1231, siendo necesario emitir la disposición legal a través de la cual se reformen los Decretos Números 111-97 y 127-97 del -Congreso de la República, y se autorice la suscripción de los respectivos contratos modificatorios.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política República de Guatemala.


DECRETA:

 
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