DECRETO DEL CONGRESO  4-2000

Modifica el Decreto del Congreso número 78-96 Código de la Niñez y la Juventud (reformado por el Decreto del Congreso número 84-97)


DECRETO NUMERO 4-2000


EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que este Organismo del Estado, aprobó el Decreto Número 78-96, Código de la Niñez y la Juventud, reformado expresamente por el Decreto Número 84-97 del Congreso de la República, y los decretos números 84-97, 23-98 y 12-99 de este Organismo, prorrogaron la vigencia del referido cuerpo normativo.


CONSIDERANDO:

Que el Estado no cuenta con la infraestructura básica, en cuanto a los procedimientos administrativos y judiciales especiales para su aplicación y, además, carece de la disponibilidad de los recursos económicos y humanos necesarios para el efectivo cumplimiento de las disposiciones contenidas en el código de referencia.


CONSIDERANDO:

Que la familia constituye la base fundamental de la sociedad, y es deber del Estado velar porque las normas jurídicas promuevan y fortalezcan la integración familiar.


CONSIDERANDO:

Que es compromiso del Estado legislar en beneficio de la familia en general y de la niñez y juventud en especial, por lo que se hace necesario que este Organismo escuche las opiniones de los diferentes sectores sociales que la integran, con la finalidad de proponer un proyecto de código viable desde el punto de vista económico, financiero, cultural, social y moral.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.


DECRETA:

 
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