ACUERDO GUBERNATIVO  29-08-1975

CRÉASE PARA LOS FINES QUE SE INDICAN, EL CONSEJO NACIONAL FILATÉLICO PARA ASESORAR AL MINISTERIO DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS.

Palacio Nacional: Guatemala, 29 de agosto de 1975.


El Presidente de la República,


CONSIDERANDO:

Que es necesario normar y mejorar los servicios filatélicos del país, a fin de lograr, a través de la emisión de sellos postales, una mejor y más amplia difusión de la imagen de Guatemala, tanto en el interior como en el exterior, propiciando al mismo tiempo el aumento de de los ingresos fiscales con las ventas de tales especies;


CONSIDERANDO:

Que las medidas requeridas para tal fin deberán ser estudiadas y propuestas por personas que tengan un adecuado conocimiento y experiencia en el campo de la filatelia.


POR TANTO:

Con base en el inciso 4º. del artículo 189 de la Constitución de la República,


ACUERDA:

 
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