ACUERDO MINISTERIAL 241-2004
Acreditación de los Técnicos en Urgencias Médicas Prehospitalarias -TUMP-.
ACUERDO MINISTERIAL SP-M-241-2004
Guatemala, 06 de enero de 2004
EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y
ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 90-97 del Código de Salud, el Ministerio de Salud tiene a su cargo la rectoría del sector, entendida esta, como la conducción, regulación, vigilancia, coordinación y evaluación de las acciones e instituciones de salud a nivel nacional y dentro de sus funciones, se establece la de dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones competen al ejercicio de sus funciones y tiendan a la protección de la salud de los habitantes.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud debe regular las profesiones y oficios que efectúan actividades de atención directa a las personas y garantizar la calidad de su desempeño en beneficio de la población guatemalteca como responsable de la formación de recursos humanos en salud en los niveles técnico y auxiliar.
CONSIDERANDO:
Que a pesar de que existe en el país, personal formado en primeros auxilios avanzados, en algunas de las ramas de los Ciudadanos de Urgencias Médicas Prehospitalarias, los procesos no han sido actualizados, normatizados y ni el recurso humano acreditado.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 inciso f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27, inciso m) de la Ley del Organismo Ejecutivo 29 y 194 del Código de Salud del Decreto número 90-97.
ACUERDA:
Emitir el presente Acuerdo Ministerial para la Acreditación de los Técnicos en Urgencias Médicas Prehospitalarias, a quienes en lo sucesivo se les denominará por sus siglas TUMP.
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