ACUERDO MUNICIPAL COM-33-2003
Declaratoria de las Vías Públicas Municipales preestablecidas como rutas de Conducción Subterránea.
MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA
ACUERDO No. COM-33-2003
CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que las municipalidades están obligadas a la formulación de planes reguladores para control y ordenamiento de sus bienes, sean éstos de uso público común o no, en los términos establecidos por la ley;
CONSIDERANDO
Que corresponde con exclusividad a la Corporación Municipal la deliberación y decisión de gobierno y administración del patrimonio e intereses de su Municipio emitiendo para el efecto las ordenanzas y reglamentos respectivos;
CONSIDERANDO
Que la ley de Telecomunicaciones. Decreto 94-96 del Congreso de la República de Guatemala y la Ley Reguladora de Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable Decreto 41-92 del citado Organismo, en los artículos 25 y 7 respectivamente, condicionan el uso de las vías públicas a la autorización municipal.
POR LO TANTO
Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; los artículos 3, 9, 68 inciso e) y 143 del Código Municipal Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA
EMITIR:
"LA DECLARATORIA DE LAS VIAS PUBLICAS MUNICIPALES PREESTABLECIDAS COMO RUTAS DE CONDUCCION SUBTERRANEA"
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