ACUERDO GUBERNATIVO  440-2003

Detalle de las Fincas y Fracciones de Fincas destinadas para la Adjudicación y Venta a favor de familias en situación de pobreza y extrema pobreza, las fincas y pracciones propiedad el Estado.

ACUERDO GUBERNATIVO No. 440-2003

Guatemala, 21 de agosto de 2003

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 84-2002, el Congreso de la República de Guatemala, aprobó la Ley de Adjudicación de Bienes Inmuebles Propiedad del Estado, el Gobierno o la Nación, a favor de familias en situación de pobreza y extrema pobreza.

CONSIDERANDO:

Que dicho Decreto regula que, para el proceso de adjudicación y venta, el Organismo Ejecutivo mediante Acuerdo Gubernativo debe declarar a la venta las fincas y fracciones de fincas estatales para tal finalidad, por lo que se hace necesario dictar la disposición legal correspondiente.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 4 del Decreto número 84-2002 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA:

 
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