ACUERDO GUBERNATIVO 440-2003
Detalle de las Fincas y Fracciones de Fincas destinadas para la Adjudicación y Venta a favor de familias en situación de pobreza y extrema pobreza, las fincas y pracciones propiedad el Estado.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 440-2003
Guatemala, 21 de agosto de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 84-2002, el Congreso de la República de Guatemala, aprobó la Ley de Adjudicación de Bienes Inmuebles Propiedad del Estado, el Gobierno o la Nación, a favor de familias en situación de pobreza y extrema pobreza.
CONSIDERANDO:
Que dicho Decreto regula que, para el proceso de adjudicación y venta, el Organismo Ejecutivo mediante Acuerdo Gubernativo debe declarar a la venta las fincas y fracciones de fincas estatales para tal finalidad, por lo que se hace necesario dictar la disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 4 del Decreto número 84-2002 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
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