ACUERDO GUBERNATIVO 78-98
Aprueba la norma Guatemalteca Obligatoria COGUANOR NGO 31 007:07 Fósforos. Especificaciones
ACUERDO GUBERNATIVO No. 78-98
Guatemala, 18 de febrero de 1998.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que corresponde a la Comisión Guatemalteca de Normas -COGUANOR-, estudiar, elaborar, adoptar y proponer al Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía, la aprobación de normas que se consideren de utilidad para el país y contribuyan al desarrollo industrial, estableciendo principios de equidad en las relaciones entre productores y consumidores.
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas, convocó en su oportunidad a los sectores públicos y privados involucrados en la producción y comercialización de fósforos, así como otras entidades relacionadas con el tema a efecto de que se pronunciaran sobre la propuesta de norma que establece las características y requisitos que debe reunir dicho producto.
CONSIDERANDO:
Que consultados sectores interesados y técnicos en la materia, emitieron opiniones las cuales fueron conocidas por el Consejo Directivo de la Comisión Guatemalteca de Normas, y habiéndose sometido a estudio, ese Cuerpo Colegiado, en el punto tercero, acta número 10-97, de fecha 18 de marzo de mil novecientos noventa y siete, emitió la resolución número 6-97, en la que se adopta la norma COGUANOR NGO 31 007:97 FOSFOROS. Espicificaciones. Estando satisfechos todos los requisitos necesarios para la adopción de dicha norma es procedente acordar su aprobación en forma legal.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en los artículos 2o. literal b) y 6o. del Decreto 1523 del Congreso de la República, Ley de Creación de la Comisión Guatemalteca de Normas -COGUANOR-.
ACUERDA:
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