ACUERDO GUBERNATIVO 1222-88
Administración de Puestos y Salarios
*Derogado por el artículo 86 del Acuerdo Gubernativo 18-98 del Presidente de la República
ACUERDO GUBERNATIVO No. 1222-88
Palacio Nacional: Guatemala, 30 de diciembre de 1988.
El presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que las leyes de Servicio Civil, de Salarios de la Administración Pública y Orgánica del Presupuesto, establecen normas que deben cumplir las dependencias del Estado y sus Entidades Descentralizadas o Autónomas; empero, dichas leyes, no establecen en todos los casos los procedimientos para su correcta aplicación;
CONSIDERANDO:
Que es necesario reunir, en un solo cuerpo legal disposiciones de carácter procedimental, que permita a las dependencias del Organismo Ejecutivo y Entidades Descentralizadas o Autónomas su adecuada aplicación;
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el inciso e) del Artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el Artículo 8º de la Ley de Servicio Civil;
En Consejo de Ministros;
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