RESOLUCIÓN  RES:SAT-319-99

Delega la Representación legal de la SAT en el Intendente de Aduanas para conocer resolver y conceder las solicitudes de franquicias de derechos aduaneros que se presenten ante la SAT, por motivo de la importación de mercancías, susceptibles conforme a la

RESOLUCION SAT - 319-99

EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

CONSIDERANDO:

Que el Superintendente de Administración Tributaria, es la autoridad administrativa superior y el funcionario ejecutivo de mayor nivel jerárquico de la SAT, teniendo ésta por objeto ejercer con exclusividad la administración del régimen tributario y del sistema aduanero de la República, de conformidad con la ley, convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala.

CONSIDERANDO:

Que son atribuciones específicas de la Intendencia de Aduanas resolver en forma originaria las solicitudes y procedimientos en materia aduanera, excepto aquellos procedimientos que impliquen la imposición y aplicación de una sanción administrativa, lo cual corresponde al Superintendente.

CONSIDERANDO:

Que el Intendente de Aduanas de la SAT, tiene facultades para dictar los lineamientos en la aplicación del régimen de los tributos, gravámenes, exenciones y franquicias establecidos en ley, que recaen sobre el tráfico exterior de las mercancías, los regímenes aduaneros económicos, las zonas francas, tiendas libres y almacenes generales de depósito fiscal, en todo lo que sea competencia de la SAT y emitir las opiniones técnicas que correspondan.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 23 incisos b), h) y p) y 29 de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración tributaria, Decreto número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala: 16 y 24 del Reglamento Interno de la SAT;

RESUELVE:

 
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