DECRETO DEL CONGRESO 56-74
Ley que establece que el Azúcar deberá ser Enriquecida con Vitamina "A"
Decreto Número 56-74
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que diversos estudios realizados por organismos técnicos apropiados,han demostrado claramente que la población guatemalteca sufre de problemas nutricionales serios; uno de los cuales lo constituye el hecho de la marcada deficiencia de vitamina "A", responsable en última instancia de serias lesiones oculares y aun de ceguera, entre los guatemaltecos de menores recursos económicos;
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado,proteger la salud de los habitantes,dictando para el efecto las normas y medidas que tiendan a la defensa y mejoramiento de sus intereses, como lo es el de disponer el agregado del nutriente conocido como Vitamina "A" a algunos de los alimentos de consumo general, a fin de superar su deficiencia en la dieta de los guatemaltecos de menores recursos económicos;
CONSIDERANDO:
Que se ha demostrado por estudios realizados por instituciones nacionales, regionales e internacionales de reconocida solvencia, que el azúcar refinada de consumo público es un vehículo adecuado para hacer llegar a todos los sectores de la población guatemalteca, las cantidades mínimas de vitamina "A", indispensable para la protección contra la hipovitaminosis de este nutriente y para la conservación de la salud en general,
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere el artículo 170, inciso 1, de la Constitución de la República,
DECRETA:
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