CONVENIO CONV:0238
Convenio de Cooperación Técnica entre el Guatemala y la organización Panamericana de la Salud
MARCO VINICIO CEREZO AREVALO,
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,
POR CUANTO:
Con fecha 25 de septiembre de 1986, se suscribió en la ciudad de Washington, D, C., el Convenio de Cooperación Técnica entre el Gobierno de Guatemala y la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud para apoyar el Desarrollo Técnico Integral del Laboratorio Unificado de Control de Alimentos y Medicamentos.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que me confiere el artículo 183, inciso o) de la Constitución Política de la República de Guatemala, ratifico el mencionado Convenio de Cooperación Técnica, y mando que se publique para que se tenga como ley de la República.
En fe de lo cual firmo el presente Instrumento de Ratificación, autorizado con el Sello Mayor de la República y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Guatemala, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos ochenta y siete.
CEREZO AREVALO.
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES.
MARIO RAFAEL QUIÑONEZ AMEZQUITA.
CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE GUATEMALA Y LA ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD/ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD PARA APOYAR EL DESARROLLO TECNICO INTEGRAL DEL LABORATORIO UNIFICADO DE CONTROL DE ALIMENTOS Y MEDICAMENTOS
Entre el Gobierno de la República de Guatemala (en adelante "El Gobierno"), representado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en la persona de su titular Dr. Carlos Armando Soto, y la Organización Panamericana de la Salud, Oficina Regional de la Organización Mundial de la Salud (en adelante la OPS/OMS"), representada por el Director de la Oficina Sanitaria Panamericana, Dr. Carlyle Guerra de Macedo, se celebra el presente Convenio sujeto a las cláusulas siguientes:
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