ACUERDO GUBERNATIVO 259-2002
Se acuerda reformar el artículo 185 del Reglamento de Tránsito, Acuerdo Gubernativo número 273-98, de fecha 22 de mayo de 1998.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 259-2002
Guatemala, 19 de julio de 2002
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado de Guatemala, proteger la vida y la seguridad de las personas, derechos que traen inmersos lo relativo a la circulación de personas y vehículos en las vías públicas.
CONSIDERANDO:
Que el uso excesivo y descontrolado en las vías publicas tanto por los pilotos de los vehículos como por otras personas, que realizan actividades contrarias al uso común definido por la Ley de Tránsito, atenta contra el interés social y el bien común; por lo que se hace necesario emitir las disposiciones correspondientes.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal e) del artículo 183, de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 32 de la Ley de Tránsito, Decreto número 132-96 del Congreso de la República,
ACUERDA:
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