ACUERDO GUBERNATIVO 969-99
Reglamento para la Inocuidad de los Alimentos
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 969-99
Guatemala, 30 de diciembre de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Estado a través de sus instituciones especializadas velar porque la alimentación y nutrición de la población reúna los requisitos de salud, para lograr un sistema nacional alimentario efectivo.
CONSIDERANDO:
Que todos los habitantes tienen derecho a consumir alimentos inocuos y de calidad aceptable, para lo cual los Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y Agricultura, Ganadería y Alimentación, y demás instituciones del Sector, dentro de su ámbito de competencia, garantizarán el mismo a través de acciones de prevención y promoción.
CONSIDERANDO:
Que el Código de Salud, Decreto número 90-97 del Congreso de la República, establece que el Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Salud, emitirá los reglamentos respectivos.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e), de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO PARA LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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