ACUERDO GUBERNATIVO 129-2002
Se acuerda crear el Sistema Regional de Protección Especial del Patrimonio Cultural, con la atribución de proteger y conservar dentro de la reserva de la Biosfera Maya, las zonas y conjuntos arquitectónicos prehispánicos, como vestigios de la Civilización
*Suspendida en forma definitiva el trámite de la acción de Inconstitucionalidad por el Expediente 156-2004 de la Corte de Constitucionalidad.
*Derogado por el artículo 1 del Acuerdo Gubernativo Número 154-2005
* Suspendido provisionalmente mediante el Expediente 156-2004 de la Corte de Constitucionalidad.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 129-2002
Guatemala, 18 de abril de 2002
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado de Guatemala, proteger su patrimonio cultural, emitiendo normas que permitan su conservación, revalorización, vigilancia, mantenimiento y recuperación; así como preservar sus características y resguardar el valor histórico de parque, sitos arqueológicos y lugares sagrados.
CONSIDERANDO:
Que es necesaria la determinación, conservación, mantenimiento y protección de zonas arqueológicas, centros ceremoniales, lugares sagrados, centros y conjuntos arqueológicos e históricos, incluyendo las áreas que le sirven de entorno y su paisaje natural, así como la flora y fauna que existe dentro de ellas, y de conservar los poblados de especies forestales en todos aquellos lugares donde se encuentran instrumentos arqueológicos.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado y en ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 59, 60, 61, 64, 121, 183, incisos a), e) y x) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 6, y 31 incisos a), b), c) y f) de la Ley del Organismo Ejecutivo; Decreto 114-97 del Congreso de la República; 1, 2 3, (incisos 3 y 7) 4, 5, 7, (incisos 1, 2, 3 y 4), 8, 9, 10, 15, 16, de la Ley de Protección del Patrimonio cultural de la Nación, Decreto 26-97 del Congreso de la República y sus reformas.
ACUERDA
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