ACUERDO GUBERNATIVO 382-2001
Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas.
*Derogado por el Artículo 80 del Acuerdo Guberantivo Número 394-2008, del Presidente de la República de fecha 23-12-2008
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 382-2001.
Guatemala, 14 de septiembre de 2001.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que la Ley del Organismo Ejecutivo prescribe que para el eficiente y eficaz cumplimiento de sus funciones, los Ministerios de Estado reglamentarán su estructura interna y organización en un Reglamento Orgánico Interno que deberá establecer su estructura interna, funciones, mecanismos, de coordinación y otras disposiciones, el que debe emitirse mediante Acuerdo Gubernativo;
CONSIDERANDO:
Que mediante acuerdo Gubernativo número 476-2000 de fecha 10 de octubre del año 2000 se emitió el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, el que no refleja de manera adecuada la estructura interna y organización del Ministerio y por consiguiente tampoco proyecta convenientemente su estructura interna, funciones y mecanismos de coordinación, por lo que debe dictarse un nuevo Reglamento Orgánico en correspondencia con lo establecido en la Ley del Organismo Ejecutivo.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 19, 23, 24,27 incisos a), y l) 28, 35 y 49 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA:
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO
DEL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS
TITULO I
CAPITULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
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