ACUERDO GUBERNATIVO 480-2001
Reglamento del Departamento Jurídico del Ejército.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 480-2001
Guatemala, 30 de noviembre de 2001
El Presidente de la República.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de la Defensa Nacional tiene bajo su responsabilidad la dirección del Ejército de Guatemala en sus aspectos técnicos y administrativo, correspondiendo al Departamento Jurídico del Ejército dar la asesoría jurídica que asegure la legalidad administrativa, por medio de la correcta interpretación y aplicación de las leyes de la República.
CONSIDERANDO:
Que para los fines indicados en el considerando anterior, es necesario modernizar y ampliar la organización y atribuciones del Departamento Jurídico del Ejército, para que su actividad de consultaría, procuraduría y legislación deuda responder a la readecuación profesionalización y modernización del Ejército de Guatemala; para lo cual se hace imperativa la emisión de un nuevo reglamento de la citada Dependencia Militar Auxiliar.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere él artículo 183 incisos c) y e) de la Constitución Política de la Republica de Guatemala, y con fundamento en los artículo 246 y 250 de la citada Ley suprema y 36 último párrafo y 150 del Decreto 72-90, Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DEL EJERCITO
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO ÚNICO
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