ACUERDO MINISTERIAL  496-2001

Acuérdase ejercer un mejor control e inspección por parte del Ministerio de Gobernación, de las entidades sin fines lucrativos, ya debidamente autorizadas.

Control e Inspección por parte del Ministerio de Gobernación,
de las Entidades sin fines Lucrativos

ACUERDO MINISTERIAL NO. 496-2001

Guatemala, 28 de mayo de 2001

El Ministro de Gobernación,

CONSIDERANDO:

Que mediante acuerdo Gubernativo número 515-93 vigente desde el 7 de octubre de 1993 se delegó en el Ministerio de Gobernación la apertura de un Registro interno de Asociaciones y Fundaciones cuya personalidad Jurídica sea otorgada, para una mejor inspección y vigilancia de las mismas.

CONSIDERANDO:

Que dicho Acuerdo Gubernativo, también ordena al Ministerio de Gobernación la creación de instrumentos y aplicación de procedimientos que sean necesarios para expeditar los trámites en los asuntos de su competencia con mayor eficiencia y agilidad.

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del Acuerdo Gubernativo antes mencionado es necesario establecer mecanismos efectivos para lograr el cumplimiento de publicaciones y control en duplicidad de denominaciones de entidades ya autorizadas y registradas.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere los artículos 194, literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 27, inciso m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República.

ACUERDA:

 
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