DECRETO DEL CONGRESO 7-95
Ley de la Semana de la Familia.
DECRETO NÚMERO 7-95
El Congreso de la República de Guatemala
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, en su sección primera, Artículo 47, establece: Protección a la Familia, el Estado garantiza la protección social, económica y jurídica de la familia. Promoverá su organización sobre la base legal del matrimonio, la igualdad de derechos de los cónyuges, la paternidad responsable y el derecho de las personas a decidir libremente el número y esparcimiento de los hijos;
CONSIDERANDO:
Que la misma Constitución Política dedica sus artículos 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55,56 al fortalecimiento de la familia;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesaria la promoción de la familia para que todos los miembros que la integran sepan el rol que les corresponde jugar dentro de la misma,
POR TANTO,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE LA SEMANA DE LA FAMILIA
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