DECRETO DEL CONGRESO 57-95
Exoneración a la Generación Eléctrica de Fuentes Energéticas.
DECRETO NUMERO 57-95
El Congreso de la República De Guatemala
CONSIDERANDO:
Que para evitar una crisis energética, es imprescindible promover los mecanismos que permitan la utilización de toda la capacidad instalada que el país posee para genera energía eléctrica.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República.
DECRETA:
- Buscado: 2,226 veces.
- Ficha Técnica: 29 veces.
- Imagen Digital: 1 veces.
- Texto: 28 veces.
- Formato PDF: 1 veces.
- Formato Word: 11 veces.