DECRETO PRESIDENCIAL 522
Los habitantes de las zonas fronterizas con la República de El Salvador, que hubieren efectuado importaciones de ganado caballar y mular sin llenar los requisitos de ley, quedan exonerados de las sanciones correspondientes.
DECRETO NUMERO 522
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que muchos habitantes del oriente del país, han efectuado importaciones de ganado caballar y mular sin llenar los requisitos correspondientes, por una mala interpretación del Tratado de Libre Comercio entre Guatemala y El Salvador; pero que tales personas están deseosas de colocarse dentro de los márgenes legales ;
POR TANTO,
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