ACUERDO GUBERNATIVO 783-2003
Adscribe a favor de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, cuatro polígonos, los cuales se integran con los inmuebles que se indican.
*Derogado por el artículo 5 de Acuerdo Gubernativo No. 561-2007 del Presidente de la Repúblicas de Guatemala.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 783-2003
Guatemala, 5 de diciembre de 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Estado debe fomentar y promocionar el deporte en todas sus manifestaciones y que la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala es uno de los entes rectores del deporte federado en Guatemala, que goza de personalidad jurídica y patrimonio propio para el desempeño de sus funciones;
CONSIDERANDO:
Que la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala desde hace muchos años ha venido utilizando y administrando los distintos inmuebles destinados para el desarrollo del deporte federado guatemalteco, que por convenir a los intereses del Estado y para un mejor control y cuidado de su patrimonio inmobiliario debe otorgar para el destino específico la administración de los inmuebles que sus dependencias o entidades utilizan, y en ese sentido, la adscripción se presenta como la figura idónea para llevar a cabo esta transmisión;
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 86 y 87 del Decreto número 76-97 del Congreso de la República, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte; 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; artículo 464 del Decreto Ley número 106, Código Civil; así como lo dispuesto en los artículos 39 y 40 numeral 10 de Acuerdo Gubernativo número 362-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA:
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