DECRETO LEY  1461


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Se adiciona el artículo 4 del Decreto legislativo número 1249, así: ""Los que comprobaren servicios por treinta y cinco años o más y tengan cincuenta o más años de edad, serán jubilados con la totalidad del último sueldo que hayan devenga

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO LEY 
NUMERO DEL DOCUMENTO 1461 
FECHA DE EMISION 24/05/1926 
CONTENIDO Se adiciona el artículo 4 del Decreto legislativo número 1249, así: ""Los que comprobaren servicios por treinta y cinco años o más y tengan cincuenta o más años de edad, serán jubilados con la totalidad del último sueldo que hayan devenga 
EMISOR  
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: 4 Número: -- Página: 57
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 00/00/0000 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
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