DECRETO GUBERNATIVO 1355
Adiciona los artículos del 13 al 55 al Decreto gubernativo 1329, Reglamento para el Abanderamiento, Matrícula e Inscripción de Naves, Buques y Embarcaciones .
DECRETO NUMERO 1355
JORGE UBICO,
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
La conveniencia de que se haga un uso prudente del Pabellón Nacional para los buques, naves y embarcaciones que obtengan matrícula e inscripción en los puertos de la República y determinar la clase especial de equipo que deben llevar,
POR TANTO;
En uso de las facultades que le confiere el inciso 17 del artículo 77 de la Constitución de la República,
DECRETA:
Adicionar al Decreto gubernativo Número 1329, los siguientes artículos enumerados en su orden correlativo:
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