DECRETO DEL CONGRESO  85-96

Que se hace necesario establecer un fondo permanente destinado a cubrir el beneficio de Bono-Navideño para las Clases Pasivas Civiles del Estado, que en forma extraordinaria se ha venido otorgando a partir de 1993.


DECRETO NUMERO 85-96

El Congreso de la República de Guatemala,


CONSIDERANDO:

Que es deber del Estado velar por el bienestar de los ciudadanos, fundamentalmente de aquéllos que pertenecen a la población que se encuentra dentro de la tercera edad, en carácter de pensionados o jubilados del Estado, proveyéndoles los recursos que les permitan aliviar su situación económica;


CONSIDERANDO:

Que los beneficiarios del Régimen de Clases Pasivas Civiles del Estado, no han sido favorecidos en igualdad de condiciones con los trabajadores activos del Estado, y el monto de sus pensiones se ha venido deteriorando acentuadamente en virtud de que no han sido debidamente actualizadas;


CONSIDERANDO:

Que se hace necesario establecer un fondo permanente destinado a cubrir el beneficio de Bono-Navideño para las Clases Pasivas Civiles del Estado, que en forma extraordinaria se ha venido otorgando a partir de 1993,


POR TANTO,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 171 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
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