ACUERDO MINISTERIAL  231-2023

Se acuerda que el Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil, deberá darle cumplimiento al Acuerdo Ministerial Número 438-2023, de fecha 26 de abril de 2023.


ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 231-2023

Guatemala, 27 de abril de 2023


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común; asimismo, que es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Ministerial Número 438-2023 de fecha 26 de abril del año 2023 emitido por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda en el artículo 1 se restringe la circulación de transporte de carga pesada en la carretera CA-9 Sur "A" Palín-Escuintla.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Tránsito, en el artículo 11 establece la Autoridad de Tránsito en Carreteras y Caminos, determinando que el Ministerio de Gobernación, por intermedio del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil, ejercerá la autoridad de tránsito en todas las carreteras nacionales y departamentales, así como en las carreteras municipales y en los caminos de herradura y vecinales cuya administración no haya sido trasladada a las municipalidades.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el artículo 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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