DECRETO DEL CONGRESO  32-95

Ley Del Impuesto A Las Empresas Mercantiles Y Agropecuarias (IEMA).

*Derogado por artículo 14 del Decreto Número 99-98 del Congreso de la República.

DECRETO NUMERO 32-95

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:

Que es obligación de todos los guatemaltecos contribuir al sostenimiento del Estado, asegurando los ingresos necesarios para proporcionar el incremento sostenido de la recaudación fiscal para sufragar los gastos de inversión y funcionamiento del Estado.

CONSIDERANDO:

Que es necesario decretar impuestos que se rijan por los principios constitucionales de equidad y justicia tributaria, de igualdad o de generalidad, que no sean confiscatorios y que no hagan incurrir a los contribuyentes en una doble tributación.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los incisos a) y c) del Artículo 171 y con fundamento en el artículo 239, ambos de la Constitución Política de la República.

DECRETA:

La siguiente:

LEY DEL IMPUESTO A LAS EMPRESAS MERCANTILES Y AGROPECUARIAS

 
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