ACTA MUNICIPAL  40-2023.5

Reglamento para la construcción, el funcionamiento, ordenamiento y conservación del cementerio municipal, del Municipio de San Martín Jilotepeque.


ACTA NUMERO 40-2023 PUNTO QUINTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN JILOTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO,


CERTIFICA:

HABER TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE HOJAS MOVIBLES AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, EN DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO CUARENTA GUIÓN DOS MIL VEINTITRES, DE FECHA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, QUE COPIADO EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

"QUINTO: El Concejo municipal entra a conocer y Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA CONSTRUCCIÓN, EL FUNCIONAMIENTO, ORDENAMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL CEMENTERIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE SAN MARTIN
JILOTEPEQUE.


CONSIDERANDO:

Que por mandamiento constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, que entre otras funciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y al cumplimiento de sus fines propios y para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que es obligación de la Municipalidad, velar por el estricto cumplimiento de las leyes, reglamentos y normas para la construcción y el desarrollo urbano en la jurisdicción territorial del Municipio de San Martín Jilotepeque.


CONSIDERANDO:

Que este Concejo tiene competencia para emitir las ordenanzas y reglamentos de su municipio, ejecutados y hacerlos ejecutar, así como ordenar la autorización e inspección de la construcción de obras públicas y privadas y la fijación de rentas de los bienes municipales y de tasas por servicios públicos locales.


CONSIDERANDO:

Que se hace necesario impulsar el ordenamiento territorial del Municipio de San Martin Jilotepeque, con un nuevo instrumento que incorpore a la normativa vigente las características físicas y geográficas del territorio de acuerdo con las técnicas modernas al Urbanismo, de la Arquitectura y la Ingeniería, con el objeto de regular el desarrollo urbano del municipio de San Martín Jilotepeque, la Construcción de viviendas y edificios para diversos destinos, garantizar la seguridad de las personas, la protección y conservación del medio ambiente, que incluye zanjones, ríos y cuencas, regular el movimiento de tierras y evitar el crecimiento desordenado del área urbana.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 60, 61, 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 22, 23, 33, 37, 35, 40, 42,68, 72, 100 y 101, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 155, 165 del Código Municipal Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.


ACUERDA:

Aprobar la Emisión del Presente:


REGLAMENTO PARA LA CONSTRUCCIÓN, EL FUNCIONAMIENTO, ORDENAMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL CEMENTERIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE SAN MARTIN
JILOTEPEQUE


TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
GENERALIDADES

EL CONCEJO MUNICIPAL


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece el goce de la salud coma un derecho fundamental del ser humane: que el Estado velara por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollando a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más complete bienestar físico, mental y social; asimismo, que la salud de las habitantes de la Nación es un bien público y que todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Numero 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud, establece que corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en coordinación con las municipalidades y el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, establecer las normas para la construcción, funcionamiento, ampliación o cierre de los cementerios en el país; y, que además a las municipalidades les corresponde la autorización de la construcción e instalación de nuevos cementerios, así como la autorización para la ampliación y cierre de los mismos, previo dictamen de las Ministerios de Salud Pública y Asistencia Social y de Ambiente y Recursos Naturales.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, con fundamento en las Artículos 93, 94 y 95 de ese mismo cuerpo legal; 112 y 114 del Decreto Numero 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud.


ACUERDA

Emitir el siguiente


REGLAMENTO DE CEMENTERIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN MARTIN JILOTEPEQUE


Título I
Disposiciones generales

 
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