ACUERDO  7-2022

Se acuerda ampliar la competencia por razón de materia al Juzgado Duodécimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, especializado en Delitos Contra el Ambiente y Patrimonio Cultural de Guatemala.


ACUERDO NÚMERO 7-2022


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República otorga al Organismo Judicial la potestad de Juzgar y promover la ejecución de lo juzgado, en ese sentido de acuerdo a la Ley del Organismo Judicial, es facultad de la Corte Suprema de Justicia asignar la competencia de los Tribunales de Justicia y que, conforme el Código Procesal Penal, le corresponde la distribución de la misma en materia penal, teniendo, entre otros, los criterios de necesidad y funcionalidad con el fin de administrar una pronta y cumplida justicia.


CONSIDERANDO

Que es necesario contar con órganos jurisdiccionales que aseguren la celeridad y eficacia del servicio de justicia, adecuándose a las demandas de la ciudadanía por medio de la resolución de procesos sometidos a su conocimiento conforme a los plazos legales y las reglas de competencia.


CONSIDERANDO

Que en virtud que la Corte Suprema de Justicia ha determinado la conveniencia de ampliar la competencia por razón de la materia del Juzgado Duodécimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Especializado en Delitos contra el Ambiente y Patrimonio Cultural, para que conozca además, causas en materia penal, en virtud de la baja carga laboral que actualmente genera, razón por la cual, se hace necesaria la ampliación de la competencia de dicho órgano jurisdiccional, con la finalidad de equilibrar el trabajo con los demás Juzgados de Primera Instancia Penal y de Narcoactividad del municipio y departamento de Guatemala, con sede en Torre de Tribunales.


POR TANTO

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 203, 204, 205, 207 y 210 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 54, 57, 58, 62, 74, 77 y 94 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto número 2-89 y sus Reformas; artículos 43, 45, 47 y 52 del Código Procesal Penal, Decreto número 51-92 del Congreso de la República. Opinión consultiva emitida por la Corte de Constitucionalidad el ocho de octubre de dos mil diecinueve, dentro del expediente cinco mil cuatrocientos setenta y siete guion dos mil diecinueve (5477-2019); Acta número 50-2021, del doce de octubre de dos mil veintiuno, de la Corte Suprema de Justicia, integrada como corresponde.


ACUERDA


AMPLIAR LA COMPETENCIA POR RAZÓN DE MATERIA AL JUZGADO
DUODECIMO PLURIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL,
ESPECIALIZADO EN DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y PATRIMONIO
CULTURAL DE GUATEMALA

 
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