ACUERDO GUBERNATIVO  248-2021

Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 248-2021

Guatemala, 14 de diciembre de 2021


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -Intecap-, con base en lo que establece la literal d), numeral 1, Artículo 18 del Decreto Número 17-72 del Congreso de la República de Guatemala. Ley Orgánica del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -Intecap-, mediante el punto Cuarto del Acta Número 18-2021 del 19 de mayo de 2021, aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Entidad para el Ejercicio Fiscal dos mil veintidós, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -Intecap-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el Ejercicio Fiscal dos mil veintidós; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el Artículo 17 del referido Decreto.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen Número 444 de fecha 26 NOV 2021, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 412-2021 de fecha 10 DIC 2021, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literal e), y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, así como lo que establece el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.


ACUERDA

 
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