ACUERDO 23-2020
Se Acuerda Autorizar La Ampliación Presupuestaria Número 02-2020 En El Presupuesto De Ingresos De La Secretaría Nacional De Administración De Bienes En Extinción De Dominio -SENABED-, Correspondiente Al Ejercicio Fiscal 2020.
ACUERDO NÚMERO 23-2020
Guatemala, 24 de enero de 2020
EL SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
EN EXTINCIÓN DE DOMINIO -SENABED-
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio, Acuerdo Gubernativo Número 514-2011 de la Presidencia de la República de Guatemala, faculta al Señor Secretario para proponer al Consejo Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -CONABED- el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos que regirá a la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -SENABED-, del Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre del 2020 y en consecuencia, determinar la política de índole financiera que considere adecuada para cumplir con los objetivos y alcanzar las metas propuestas.
CONSIDERANDO:
Que con fecha 10 de diciembre de 2019, se realizó sesión ordinaria del Consejo Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -CONABED-, en la cual se conoció el PUNTO OCTAVO: APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020 Y FACULTAR AL SECRETARIO GENERAL DE LA SENABED PARA EJECUTAR Y AUTORIZAR LAS AMPLIACIONES Y MODIFICACIONES DEL PRESUPUESTO 2020, en el que se APRUEBA Y AUTORIZA a la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -SENABED-, para que por medio del Secretario General se ejecute el Presupuesto de Ingresos y Egresos que regirá a la SENABED, como también hacer las ampliaciones y modificaciones, para el Ejercicio Fiscal 2020, según Decreto Número 25-2018 del Congreso de la República de Guatemala, según consta en el ACTA Número 012-2019 del CONABED.
CONSIDERANDO:
Que es necesario hacer la ampliación del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2020, de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -SENABED-, por un monto de CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO QUETZALES 39/100 (Q5,730,735.39), tomando para el efecto recursos derivados de la extinción de dominio y cuya integración equivale a dicha cantidad.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los Artículos 38 y 39 de la Ley de Extinción de Dominio, Decreto Número 55-2010 del Congreso de la República; Artículos 14,20 literales a), q) y Artículo 21 literal b) del Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio, Acuerdo Gubernativo 514-2011 de la Presidencia de la República.
ACUERDA:
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